LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN ANDALUCÍA: LOS PLANES PARA LA IGUALDAD Y LOS PLANES
CONTRA LA VIOLENCIA.


     La Constitución Española en su artículo 14 reconoce el principio de igualdad de los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. En el mismo texto se encomienda a los poderes públicos que desarrollen cuantas acciones sean necesarias para garantizar este derecho. Todo ello constituye el fundamento jurídico sobre el que se sustentan las políticas de acción positiva encaminadas a erradicar la discriminación de las mujeres y que a lo largo de los últimos años se han desarrollado desde los diferentes ámbitos territoriales: estatales, autonómicos y locales.

     Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Andalucía , determina en su artículo 12.2 que la Comunidad Autónoma propiciará la efectiva igualdad del hombre y de la mujer andaluces, promoviendo la plena incorporación de ésta en la vida social y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política.

     En orden a la obligación de la Comunidad Autónoma Andaluza de hacer real y efectiva esta igualdad entre hombres y mujeres se crea por Ley 10/1988, de 29 de Diciembre el Instituto Andaluz de la Mujer, órgano dependiente de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía que promueve la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, con el objetivo de avanzar hacia un modelo de sociedad que incorpore nuevas formas de convivencia más democráticas e igualitarias.

     Entre sus objetivos destacar:

     - Prestar asesoramiento al Gobierno Andaluz e impulsar y coordinar las actividades de las diferentes      Consejerías para el desarrollo y ejecución de Planes de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres, como      instrumento de la acción política del Gobierno Andaluz en favor de las mujeres.

     - Cooperar con la Administración Local, coordinando las políticas de Igualdad, a través de la puesta en marcha      de Centros Municipales de Información de la Mujer.

     Para conseguir los objetivos propuestos, el Gobierno Andaluz ha puesto en marcha desde 1990, a través del Instituto Andaluz de la Mujer, dos Planes de Igualdad de Oportunidades. Planes que se enmarcan dentro de aquellas políticas destinadas de un modo específico a remover los obstáculos que se oponen a una integración plena de las mujeres en la sociedad y a promover las condiciones para que la igualdad de las personas sea real y efectiva.


EL I PLAN ANDALUZ DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS MUJERES (1990/1992).


     Este Plan consiste en un conjunto de acciones positivas dirigidas a favorecer la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres.

     Se establecieron siete áreas de actuación: jurídica; educación, cultura e investigación; salud; formación, empleo y relaciones laborales; de atención social y reparto de responsabilidades; de sensibilización y comunicación social; y de participación.

     Sus objetivos fueron: conocer la realidad, aumentar la sensibilización de las instituciones y de toda la población hacia la igualdad de oportunidades de las mujeres, garantizar el cumplimiento de las leyes desarrollando el derecho constitucional a la no discriminación y lograr la coordinación de las acciones con las políticas generales de la Comunidad Autónoma.

     Este I Plan contenía un conjunto de medidas que procuraban adaptarse a la evolución sociocultural y a los nuevos desafíos económicos y tecnológicos. En su momento incluía acciones pioneras en el conjunto del Estado, cuyos logros alcanzados en la igualdad de las mujeres andaluzas se reflejan en hechos tan evidentes hoy como la presencia masiva de mujeres en todos los niveles educativos, el aumento de la población activa femenina o la progresiva incorporación de mujeres a los puestos de decisión.


II PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES “LAS MUJERES EN ANDALUCÍA: ESTRATEGIAS PARA AVANZAR” (1995/1997).


     El II Plan Andaluz nació con la vocación de dar continuidad, reforzar e ir más allá del I Plan de Igualdad en una sociedad, la Andaluza, en la que aún quedaba un largo trecho que recorrer para alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres.

     Este II Plan inspirado en la idea de la igualdad entre géneros ha tratado de desarrollar este ideal en todos sus aspectos: como igualdad de oportunidades, como igualdad de recursos y como igualdad de resultados. Se pretende que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades para conseguir un trabajo, para recibir educación, para participar en la vida política de la comunidad, etc. En otras palabras, que no se den diferencias de género en la “competición de la vida”, que cada cual obtenga lo que haya de obtener en función de sus méritos y necesidades y no en función de su sexo. Para que esto se cumpla, para que la igualdad de oportunidades sea efectiva, el II Plan se articula en cuatro grandes áreas o ámbitos sociales, que son los más relevantes de la vida social:
              -Desarrollo Democrático.
              -Desarrollo Educativo y Cultural.
              -Desarrollo del Bienestar Social.
              -Desarrollo Económico.

     Se trata, en última instancia, de que la igualdad de oportunidades se desarrolle en todos los terrenos: en el de la participación social y política (Desarrollo Democrático), en el de la educación y la cultura (Desarrollo Educativo y Cultural), en el de la salud y la atención social (Desarrollo del Bienestar Social) y en el ámbito laboral y empresarial (Desarrollo Económico). Cada área cuenta, a su vez, con un conjunto de Objetivos que le dan cuerpo y una serie de Propuestas de Acciones que tratan de materializar de manera concreta lo que determinan los Objetivos. En total el II Plan cuenta con 21 Objetivos y 66 acciones, todas ellas encaminadas de una forma o de otra a la promoción de la igualdad de las mujeres.


LOS PLANES DEL GOBIERNO ANDALUZ PARA AVANZAR EN LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES.


     La violencia contra las mujeres ha sido considerada durante mucho tiempo como un problema del ámbito privado, ignorado e incluso aceptado socialmente. Hoy, todas y todos somos conscientes de que la violencia de género es un problema que afecta a la sociedad en general, a una sociedad que no es aún igualitaria.

     Las medidas de prevención de la violencia contra las mujeres deben encuadrarse dentro de las políticas de igualdad, ya que es precisamente la desigualdad estructural que todavía sufren las mujeres el germen de las conductas violentas que se desarrollan tanto en el seno de la familia como fuera de ella.

     El Instituto Andaluz de la Mujer ha venido desarrollando desde su creación, primero en el marco del I Plan de Igualdad de Oportunidades 1990/1992 y luego, con el II Plan para la Igualdad de las Mujeres, 1995/1997, programas de asesoramiento y atención a las mujeres víctimas de malos tratos, consiguiendo con ellos paliar situaciones extremas y protegiendo a aquellas, que han perdido el derecho a sentirse seguras en su propia casa.

     Concretamente el II Plan dentro de su Área de Desarrollo del Bienestar Social y en su Objetivo nº 17 recoge: “Fomentar medidas dirigidas a prevenir la violencia contra la mujer y desarrollar programas de atención a las mujeres afectadas”.

     En este sentido, el Parlamento de Andalucía en la sesión celebrada el 12 de febrero de 1998 aprobó un conjunto de medidas que fueron recogidas en el Plan del Gobierno Andaluz para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres 1998/2000.

     Esta Plan de Actuación, con un presupuesto de 2.280.000.000 pesetas, tiene como objetivo avanzar en la erradicación de la violencia de género, aunando esfuerzos para una mejor y más eficaz acción en todas aquellas áreas que le corresponden. Este Plan recoge el consenso de todos los grupos políticos del Parlamento Andaluz, así como las propuestas de las Asociaciones de Mujeres de Andalucía.

     El Plan contiene una serie de medidas que se agrupan en dos bloques que se derivan tanto de la necesidad del imprescindible rechazo social y cambio de actitudes de la población en general ante la violencia, como de la atención a las mujeres víctimas de malos tratos y a sus hijos e hijas. Las dos clases de medidas son las siguientes:

     En primer lugar, medidas dirigidas a la población en general, con medidas dirigidas a la sensibilización y prevención, tales como: campañas de rechazo social a la violencia contra las mujeres, elaboración de estudios sobre la violencia de género, incremento de ayudas a las Asociaciones y Colectivos de Mujeres para actuaciones contra la violencia, elaboración de un Manual de Estilo y Tratamiento de la violencia contra las mujeres en los Medios de Comunicación, prevenir la violencia potenciando en el ámbito educativo comportamientos igualitarios, puesta en marcha de programas de reeducación de los maltratadores y de grupos de terapia destinados a hombres con antecedentes de agresiones a mujeres, como complemento a las medidas penales.

     En segundo lugar, medidas dirigidas a las mujeres víctimas de violencia, estas medidas se agrupan en cuatro bloques:

     a) Medidas de coordinación institucional: mediante la elaboración de un procedimiento de coordinación entre los          ámbitos sanitarios, policial, social y judicial para la atención de mujeres víctimas de violencia y a través de          un diseño y la realización de módulos formativos dirigidos a profesionales de todos esos ámbitos.

     b) Medidas de defensa jurídica: con la puesta en marcha del servicio de defensa legal para mujeres víctimas de          violencia, en juicios de faltas o delitos y, con la creación de un turno de oficio específico para la defensa de          las mujeres víctimas de la violencia en procesos de separación y divorcio.

     c) Medidas de atención a las mujeres y a sus hijos e hijas: con la puesta en marcha del Servicio de Emergencia         24 horas para mujeres víctimas de violencia y el refuerzo de los Centros de Acogida y con la extensión de lo         Pisos Tutelados a todas las provincias.

     d) Medidas de ayuda a la salida de los Centros de Acogida: a través de la puesta en marcha de un programa          de ayudas económicas dirigido para mujeres acogidas, viviendas en alquiler para mujeres a su salida de los          Centros de Acogida y programas de formación para el empleo, con becas salario, para mujeres de los          Centros de Acogida.

     Finalizado el plazo de vigencia de este I Plan, el Gobierno Andaluz consciente de su responsabilidad, y en el ámbito de sus competencias, ha dado un nuevo paso con la aprobación del Plan de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres para el período 2001/2004.

     En su fase de elaboración, el nuevo Plan de Acción, dotado con un presupuesto de 6.324.000.000 ptas. (cuatro mil millones más que el anterior Plan), ha contado con la participación de asociaciones de mujeres, profesionales, grupos políticos parlamentarios y entidades sociales, cuyo trabajo ha contribuido a perfilar y a enriquecer las 20 medidas que lo componen, y que se estructura en torno a tres áreas de actuación: Prevención y Sensibilización, Atención a las víctimas y Coordinación Institucional.

     Las medidas de Prevención y Sensibilización van destinadas a la sociedad en su conjunto y especialmente al ámbito educativo y a los medios de comunicación.

      Las medidas de Atención a las Víctimas pretenden dar respuesta a un abanico de cuestiones que abarcan desde la atención jurídica a las mujeres, al restablecimiento de los derechos cercenados en los actos de violencia, a la protección a las víctimas y especialmente a la reparación de los efectos que sobre las mismas hayan podido originar los malos tratos. Asimismo, se ha procedido a diseñar nuevas actuaciones que pretenden incidir sobre otras modalidades de violencia, tales como la violencia psicológica y la violencia económica. En este sentido, se han arbitrado medidas encaminadas a conseguir una actuación eficaz de la justicia en casos de maltrato psicológico, e igualmente, en los casos de incumplimiento de las resoluciones judiciales que contemplan pensiones de alimentos, estableciendo entretanto, un sistema de garantías que contribuya a mitigar los efectos de la violencia económica.

     En las medidas de Coordinación Institucional, este Plan incluye la constitución de la Comisión Andaluza contra la Violencia de Género, medida que contribuirá a coordinar todas las actuaciones de las Comisiones de Coordinación Institucional ya existentes, así como la creación de una Red de Municipios contra la Violencia hacia las Mujeres que además de coordinar los recursos ya existentes impulsará nuevas acciones para la prevención y erradicación de esta forma de violencia.

POLÍTICAS PÚBLICAS EN EL ÁMBITO LOCAL.

     El artículo 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, define como competencia de las instituciones municipales la elaboración de medidas de igualdad para las mujeres complementarias a las puestas en práctica por instituciones de distinto ámbito territorial.

      Teniendo en cuenta que la vida local es el primer eslabón de participación social, y por tanto el primer espacio político en que debe ponerse en práctica una política de igualdad, se hace necesaria la realización de planes integrales con el objeto, no sólo de incorporar el principio de igualdad a las leyes, sino también de modificar actitudes y comportamientos que impiden a las mujeres el pleno desarrollo de sus capacidades y su incorporación a todos los ámbitos sociales.

     En el Ayuntamiento de Granada se crea en 1991 la Concejalía de la Mujer como instrumento político y con partida presupuestaria propia. Desde entonces, en la cuidad de Granada, se han sucedido tres planes para la igualdad.

     El Plan Integral de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres de Granada “Plan Granada Mujer” 1991/1995 . Se trata de un proyecto integral que interrelaciona las actuaciones desde una perspectiva de género en las distintas áreas municipales, coordinando e impulsando medidas de acción positiva para lograr la plena integración de las mujeres granadinas en todos los ámbitos de la sociedad.

     Se trabajan las siguientes áreas: Asociacionismo y Participación, Consumo, Cultura, Deportes, Educación y Reparto de Responsabilidades, Formación y Empleo, Salud, Servicios Sociales, y Urbanismo.

     Tras la evaluación de este Plan Granada Mujer, se elabora el II Plan de Igualdad de Oportunidades 1997/2001. Se trata de un plan integral de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres con actuaciones adecuadas a las nuevas exigencias de la sociedad y promoviendo la coordinación operativa con las áreas municipales y las entidades que prestan servicios dirigidos a la mujer.

     Este II Plan establece cinco áreas de trabajo: Asociacionismo y Participación; Educación, Cultura y Deporte; Formación y Empleo; Salud y Acción Social; Urbanismo, Consumo y Medio Ambiente.

     Plan que ha supuesto un avance considerable en la participación de las mujeres en la ciudad y en el número de agentes implicados.

     Terminada la vigencia de este II Plan, se aprueba en el Pleno Municipal de 25 de mayo de 2001 el III Plan Municipal de Igualdad de Oportunidades entre los Géneros 2001/2005.

     Este III Plan mucho más ambicioso y completo que los anteriores esta basado en los siguientes principios orientadores: La Transversalidad de Género o Mainstreaming; la Pluralidad, la Diversidad y la Interculturalidad; el Espacio Privado en las Políticas Públicas y la Participación.

     Los ámbitos de intervención/acción son:

          1. Conciliación Vida Pública – Vida Privada
              1.1. Reparto de Responsabilidades Domésticas
              1.2. La Ciudad: Los Espacios y los Tiempos

          2. Vida Civil y Derechos Sociales
              2.1. Coeducación
              2.2. Violencia de Género
              2.3. Feminización de la Pobreza
              2.4. Salud
              2.5. Cultura
              2.6. Deporte

          3. Participación y Cooperación
              3.1. Asociacionismo
              3.2. Cooperación Institucional
              3.3. Cooperación al Desarrollo
              3.4. Participación Social y Política

          4. Vida Económica
              4.1. Fomento del Empleo
              4.2. Conciliación Vida Laboral – Vida Familiar

     Destacar que en este III Plan se recoge un apartado dedicado a la Violencia de Género, dentro del Área Vida Civil y Derechos Sociales, que contempla entre sus objetivos: Promover investigaciones que permitan un mayor conocimiento sobre la violencia de género; Perseguir la erradicación de la violencia de género a través de actuaciones preventivas y Potenciar desde la Concejalía los recursos sociales existentes y crear otros nuevos para la atención a estas mujeres. Como acción concreta para conseguir este último objetivo destacar la creación de un servicio municipal interdisciplinar de atención a mujeres víctimas de violencia de género.

     Así mismo en la provincia de Granada existen diversos municipios que a través de sus Ayuntamientos también están desarrollando Planes de Igualdad: Maracena, Motril, Santa Fe, Albolote, etc.

 
FICHA TÉCNICA

“Las Políticas Públicas en Andalucía: los planes para la igualdad y los planes contra la violencia”.
Publicada en el libro de Actas del IV Congreso de Escuelas de Trabajo Social, celebrado en Alicante del 24 al 26
de Abril de 2002. ISBN: 84-7908-687-4. Dep. Legal: A-326-2002.
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